MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 56 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE PATERNA.
Índice.
0. Objeto.
1. Memoria
informativa.
1.1. Planeamiento vigente.
2. Memoria
justificativa.
2.1. Ordenación propuesta.
2.1.1. Definición de la ordenación volumétrica de la
zona.
2.1.2. Delimitar un ámbito de gestión que posibilite su
desarrollo.
3. Normas
urbanísticas.
3.1. Definición volumétrica de la edificación.
3.2. Definición unidad de ejecución.
I1.
Situación
I2.
Planeamiento vigente. Planimetría PGOU.
O1.
Propuesta de planeamiento.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 56 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE PATERNA.
0.
Objeto.
Se redacta el presente texto de la
Modificación Puntual nº 56 del Plan General de Ordenación Urbana de
Paterna con el fin de definir la ordenación pormenorizada y el ámbito
de gestión ( Unidad de Ejecución) en el suelo sin consolidar integrado
en la manzana delimitada por las calles Alfonso X el Sabio, Calle
Pizarro, Calle El Palmar y Calle Fuente del Jarro.
Dada la indefinición establecida en el
Plan General de Ordenación Urbana para este suelo, donde no se
concretan los parámetros urbanísticos correspondientes a la zona de
ordenanza especial nº 4, y vista la necesidad de posibilitar la
ejecución de la zona verde incluida en la manzana, se propone la
modificación de la ordenación pormenorizada, con el fin de establecer
unas condiciones de edificación claras, y a su vez, delimitar una
unidad de ejecución, ámbito de gestión que posibilite le urbanización
de la coitada zona verde.
El ámbito de la presente modificación
puntual queda delimitado en el plano adjunto, con una superficie de
3.685,51 m²s.
Ámbito modificación puntual |
|
1.
Memoria
informativa.
1.1. Planeamiento
vigente.
El planeamiento vigente en el ámbito objeto de la presente modificación es el Plan General de Ordenación Urbana, aprobado en fecha 15 de Noviembre de 1990, correspondiendo con el plano siguiente:
Planeamiento
vigente. |
|
El
Plan
General de Ordenación Urbana definió este ámbito como zona de
Ordenanza Especial 4, no obstante en el texto del plan no se
desarrollaron los parámetros urbanísticos de esta zona.
En
su
momento, se tramito una ordenanza para esta zona, en la Modificación
Puntual nº 3 del PGOU, no produciéndose la aprobación municipal, por
lo que nunca ha tenido unos parámetros urbanísticos concretos para la
edificación, aplicándose de modo supletorio la ordenanza general del
plan.
Por
otra
parte, este ámbito incorpora la zona verde( U-II-31) nº 79 del Plan
General, con una superficie de 1.500 m², que hasta la fecha no ha sido
ejecutada, ni obtenida por el Ayuntamiento.
2.
Memoria
justificativa.
2.1. Propuesta de ordenación.
La presente modificación del Plan General de Ordenación
Urbana persigue dos objetivos:
a.
Definición
de una ordenación volumétrica para la zona.
b.
Delimitar
un ámbito de gestión que posibilite su desarrollo.
2.1.1.
Definición
de una ordenación volumétrica para la zona.
Como se ha
comentado, el plan no define unos parámetros urbanísticos para el
ámbito delimitado, haciendo referencia a una zona de ordenanza
inexistente, por lo que es necesario definir la volumetría edificable
en el ámbito, con unos criterios de integración en el entorno, de modo
que se posibilite la futura edificación.
El actual
diseño urbano proyecta una zona verde interior a la manzana, con unas
condiciones de accesibilidad y disfrute de los vecinos muy complejas,
al limitar su acceso a un pequeño paso desde la calle Pizarro.
Como
criterio general se mantiene la configuración volumétrica definida en
el Plan General, proponiendo las siguientes modificaciones:
1.
Con el fin
de posibilitar el acceso y disfrute de la zona verde se proyecta un
bloque longitudinal paralelo a la calle Alfonso X El Sabio, con la
planta baja diáfana, de modo que se conecte la calle con el jardín,
debiendo establecerse unas condiciones de urbanización en la planta
baja que tengan continuidad con el diseño de la zona verde. El espacio
en planta baja de carácter diáfano que garantiza el acceso a la zona
verde no podrá cerrarse, teniendo el carácter de espacio público.
2.
Se adecuan
el número de plantas de la edificación para posibilitar la
materialización del aprovechamiento resultante de la unidad de
ejecución que se define.
2.1.2.
Delimitar un ámbito de gestión que posibilite su desarrollo.
El suelo
público integrado en la manzana ( zona verde U-II-31-79) no ha sido
gestionado, ni obtenido por la administración, por lo tanto, en fecha
actual no seria posible la ejecución de esta espacio público.
Es
necesario para la rehabilitación urbana del entorno la ejecución de la
zona verde, de modo que se concrete el espacio público como suelo de
uso y disfrute de los vecinos, abandonando la condición marginal
actual.
Por lo
tanto debemos definir las condiciones urbanísticas adecuadas que
posibiliten la gestión de este suelo, que garanticen unas adecuadas
condiciones del espacio público y la edificación resultante, y su
integración con el entorno.
Con este
fin se define una unidad de ejecución, UE-01, delimitada al norte por
la edificación existente, al sur por el eje de la calle Fuente del
Jarro, al oeste por el limite asfaltado de la calle Alfonso X El sabio
y al este con la calle Pizarro y limite de las edificaciones
existentes en esta calle, con una superficie de 3.685,51 m², y según el plano adjunto:
Delimitación Unidad de Ejecución.
3. Normas urbanísticas.
3.1.1.
Definición volumétrica edificación.
Se
mantiene
como normas urbanísticas aplicables a la unidad de ejecución definida
las establecidas por el Plan General para el entorno, es decir la
clave U-I-02, estableciendo las siguientes salvedades en la
configuración de los volúmenes:
Propuesta de ordenación.
Y la
definición del espacio libre en planta baja la siguiente:
3.1.2.
Definición unidad de ejecución.
UE1. |
|
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|
Datos generales |
|
Superficie Unidad de
Ejecución |
3.685,51 m²s |
Superf. aprovechamiento
privativo ( Inc. espacio publico planta baja) |
1.510,58 m²s |
Superficie zona verde |
1.500 m²s |
Superficie red viaria |
675,93 m²s |
Superficie espacio
público planta baja bloque calle Alfonso X El Sabio |
657,71 m²s |
Aprovechamiento tipo |
2,81 m²t/m²s |
Gestión |
|
Tipo de gestión |
Actuaciones aisladas |
Gestión |
Indirecta |
Condiciones de conexión |
|
-
La unidad de ejecución
deberá considerar la cesión y urbanización de la zona verde,
incorporando el espacio diáfano en planta baja recayente a la
calle Alfonso X el Sabio, así como el espacio exterior hasta
la trasera de todas las edificaciones recayentes a la zona
verde, dotándolas en su conjunto de unas condiciones uniformes
en el tratamiento del espacio público. -
Deberá garantizar su
integración en la red viaria circundante, asumiendo las obras
en la red viaria necesarias para tal fin. |
Paterna,
a 9 de febrero de 2.010.
El
Jefe Técnico del Área de Infraestructuras.
Fdo.
José Luis Pastor Bono.