INFORME:
MODIFICACION PUNTUAL
Nº 36 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA
Por la Comisión Territorial de Urbanismo, en fecha 20 de diciembre de 2002, se aprobó definitivamente la Modificación Puntual nº 31 del Plan General de Ordenación Urbana, en la que se produjo el cambio de calificación urbanística de la parcela en la que se situa el antiguo Mercado de la Canyada, de Clave 33 “Equipamiento Comercial” a Clave 36 “Equipamiento sanitario y asistencial”.
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2002, se acordó poner a disposición de la Conselleria de Sanidad una parcela de 769 m² en La Canyada (antiguo Mercado Municipal), con la finalidad de que se construya sobre la misma el Centro de Salud Paterna – La Canyada.
Se emitió, por el Arquitecto Municipal, Informe Urbanístico de la parcela de referencia que, de forma resumida, exponía los siguientes parámetros urbanísticos, de acuerdo con el artículo 205 del Plan General de Ordenación Urbana:
Usos permitidos: Sanitario y asistencial
Edificabilidad máxima: La necesaria para el programa previsto
Número máximo de plantas: II
Altura máxima: 10,00 m
Distancias a lindes: 0,00 m
Por el Servicio de Infraestructuras de la Conselleria de Sanidad, se remitió escrito, de fecha 19 de julio de 2004, en el que se solicita “se modifiquen los parámetros urbanísticos del Plan General de Ordenación Urbana, al menos en:
Número máximo de plantas: III
Altura máxima: 12,00 m”
Es por todo ello que procede modificar, para la parcela dotacional sanitaria y asistencial ubicada en el Parque de La Canyada, los siguientes parámetros urbanísticos:
Número máximo de plantas: II
Altura máxima: 10,00 m
Pasando a ser los siguientes:
Número máximo de plantas: III
Altura máxima: 12,00 m
Lo que se informa a los efectos oportunos.
Paterna, 26 de julio de 2004
El arquitecto municipal
JOSE LUIS PASTOR BONO