PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DE USOS DEL SUELO DOTACIONAL del Área del Campus de Paterna de la Universitat de València


UNIVERSITAT DE VALÈNCIA-ESTUDI GENERAL

 

 

1. MEMORIA

ÍNDICE

1. memoria *

1.1. informaCIÓN URBANÍSTICA. *

1.1.1. ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN. *

1.1.2. CARACTERÍSTICAS NATURALES. *

1.1.3. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO. *

1.1.4. USOS DEL SUELO. *

1.1.5. EDIFICACIONES. *

1.1.6. INFRAESTRUCTURAS. *

1.1.7. DETERMINACIONES DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA. *

1.1.8. PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL. *

1.2. OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO. *

1.2.1. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN. *

1.2.2. JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN. *

1.2.3. NORMAS DE COORDINACIÓN METROPOLITANA. *

1.3. CUADRO RESUMEN. *

 

2. PLANOS DE INFORMACIÓN. *

2.1. SITUACIÓN (1:5.000) *

2.2. DELIMITACIÓN Y TOPOGRAFÍA (1:2.000). *

2.3. USOS DEL SUELO (1:2.000). *

2.4. afecciones (1:2.000) *

2.5. DELIMITACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL (1:2.000). *

 

3. PLANOS DE ORDENACIÓN. *

3.1. CALIFICACIÓN DEL SUELO (1:2.000) *

3.2. ALINEACIONES Y RASANTES (1:2.000) *

3.3. UNIDADES DE EJECUCIÓN. (1:2000) *

 

4. NORMAS URBANÍSTICAS. *

 

5. FICHA DE PLANEAMIENTO. *

 

6. FICHAs DE GESTIÓN. *

 

  1. memoria
  2. El presente documento constituye el Plan Especial de Ordenación de Usos del Suelo Dotacional del Área del Campus de Paterna de la Universitat de València. Tiene por objeto la ordenación de las actuaciones a desarrollar en el ámbito incluido en el Plan Especial de Reserva de suelo dotacional aprobado definitivamente el 21-12-01 (DOGV 31-01-02). La finalidad de la actuación es adecuarse a las necesidades de creación de suelo de equipamiento destinado uso educativo-cultural y deportivo-recreativo.

    Las iniciativas públicas actualmente existentes en el Área prevén el desarrollo del Campus científico de la Universitat de Valencia y la construcción de un Centro Deportivo de la Generalitat Valenciana.

    1. informaCIÓN URBANÍSTICA.
      1. ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN.

El área del término municipal de Paterna afectada por el presente documento se encuentra clasificada como suelo urbano por el Plan General del municipio. El ámbito tiene una superficie total de 457.757 m2. y está definido por los siguientes límites:

Todos los límites del Área corresponden a viales importantes, por lo que el conjunto se percibe como una zona unitaria, claramente delimitada respecto al resto de elementos de su entorno.

      1. CARACTERÍSTICAS NATURALES.
        1. TOPOGRAFÍA.
        2. La topografía del sector es sensiblemente descendente en dirección noroeste-sudeste, con una pendiente media del dos por cien. Las cotas mas altas se sitúan en la esquina norte, sobre la carretera de Lliria, y en el extremo oeste, sobre la Autovía de Ademuz, con un altitud de 62 metros. En sentido contrario los terrenos mas bajos se encuentran en el límite con el término de Burjassot, con una altitud de 42 metros.

          La zona mas plana presenta un forma aproximadamente rectangular, correspondiendo al área donde se han realizado las edificaciones universitarias, con un pendiente del orden del uno por cien. En sus bordes los terrenos se elevan hacia la Autovia de Ademuz y hacia la carretera Paterna-Godella, con pendientes del orden del cinco por cien. Paralela a la carretera de Lliria y a unos 120 metros de la misma discurre un vaguada, levemente deprimida.

           

        3. GEOLOGIA Y GEOTECNIA.
        4. Geológicamente, el sector está formado por aportes cuaternarios de arcillas y limos depositados horizontalmente sobre sustratos calcáreos. En los sondeos realizados se manifiesta la presencia de diversos niveles limosos y arcillosos, que alternan con nódulos y gruesos de naturaleza calcárea. En la franja situada mas al norte aparecen sustratos rocosos de naturaleza calcárea a partir de los cuatro metros de profundidad, con una potencia superior a los doce metros. Estos sustratos rocosos son inexistentes en los terrenos situados mas al sur. Superficialmente, aparece suelo vegetal arcilloso, con restos de vegetación arbórea.

          Los terrenos son aptos para la edificación, pudiendo resolverse la cimentación mediante zapatas, al menos en edificios de hasta dos plantas de sótano. Las tensiones admisibles del terreno a efectos de cálculo son del orden de 2,5 0 Kp/cm2. No son previsibles asientos significativos.

           

        5. INUNDABILIDAD y riesgos naturales

        Los terrenos no se encuentran incluidos en ninguna de las zonas en las que existen riesgos de inundación, según los datos que figuran en la Cartografía temática elaborada por la C.O.P.U.T. Tampoco presentan riesgos de deslizamiento, vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas u otros riegos naturales, según las mismas fuentes.

         

      2. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.
      3. La mayor parte del suelo incluido en el ámbito del presente documento es público, siendo su titular la Generalitat Valenciana. La titularidad de los terrenos le fue transferida por la Administración del Estado en virtud de los Reales Decretos 1720/84 y 1456787.

        En reunión de 16 de mayo de 1995 el Gobierno Valenciano acordó ceder a la Universitat de València los terrenos edificables necesarios para la construcción de su Campus científico. Ante la discrepancia en la medición de os terrenos la cesión no llegó a formalizarse en escritura pública.

        Recientemente han aparecido otras iniciativas del Gobierno de la Generalitat para construir un Centro Deportivo en los terrenos situados en la zona sur del Área Dotacional. Por esta razón la cesión propuesta a la Universidad reduce su superficie de modo que se compatibilicen ambos objetivos: la ejecución del Centro Deportivo y el desarrollo del Campus Universitario.

        Además existen algunos propietarios que han obtenido la reversión de sus terrenos.

         

      4. USOS DEL SUELO.
      5. La parcela destinada a Instalaciones Universitarias es la única que ha sido edificada hasta el momento.

        Los bordes del Área están consolidados por importantes infraestructuras viarias, Autovía de Ademuz y carreteras de Godella y de Lliria.

        El resto de los terrenos carecen actualmente de uso, habiendo perdido los antiguos cultivos de secano.

      6. EDIFICACIONES.

La única parcela construida es la destinada a Instalaciones Universitarias. Sobre esta parcela se levantan los siguientes edificios:

El conjunto de estos siete edificios ocupa la zona oeste de la parcela antes mencionada, formando una subparcela con una superficie aproximada de 45.000 M2s. La edificabilidad total es de 40.340 M2c., con lo que se obtendrían los siguientes parámetros urbanísticos:

Coeficiente de edificabilidad neta: 0,9 M2c/M2s.

Superficie ocupada: 14.542 M2s.

Coeficiente de ocupación: 32 %.

La edificabilidad podía aumentar si tenemos en cuenta que una parte importante de la superficie ocupada tiene únicamente una o dos plantas de altura.

 

      1. INFRAESTRUCTURAS.
        1. SISTEMA VIARIO.

La accesibilidad a la zona se apoya en los tres ejes viarios que la bordean:

Desde el enlace de acceso a Burjassot se accede a la zona por el este, llegando hasta la rotonda situada al inicio de la Avenida del Cementerio. Este enlace presenta la desventaja de la saturación de tráfico existente, sobretodo por los movimientos de vehículos de acceso a Burjassot a través de la Avenida del Cementerio, y por el tráfico de vehículos entre esta población y Paterna.

Ambas carreteras están articuladas entre sí, a través de la propia Avenida del Cementerio y del vial que discurrirá sobre el límite entre los términos municipales de Paterna y Burjassot.

Las actuaciones necesarias para una adecuada funcionalidad del sistema de accesos son las siguientes:

- Desdoblamiento de la carretera Burjassot – Llíria, , aprovechando el espacio existente al sur de la carretera, entre ésta y el paseo peatonal existente en la actualidad. Esta actuación debe realizarse con el objeto de aumentar la capacidad de esta carretera, y a su vez, reforzar su carácter urbano con la construcción de una vía ciclista y un tratamiento de borde adecuado, ubicando zonas verdes en sus márgenes, con el objeto de amortiguar el impacto ambiental y resolver con una imagen adecuada la transición con la zona universitaria.

- Creación de una trama viaria interna propia del recinto dotacional, que relacione el sistema de accesos y los elementos de organización interior del Área universitaria, garantizando la funcionalidad y racionalidad de esta. El funcionamiento autónomo del sistema perimetral, a través de la calle que sigue el límite de los términos municipales de Burjassot y Paterna debe permitir el cerramiento del recinto dotacional.

 

        1. ABASTECIMIENTO DE AGUA.
        2. La gestión de la red de suministro y distribución de agua corresponde a la entidad Aguas de Valencia.

          En la actualidad existe una conducción de fundición de 500 mm. de diámetro que atraviesa el Área en su parte central para dotar de suministro a todo el Polígono de Ademuz, tal como se recoge en los planos de información. Otra conducción de las mismas características discurre en el limite sudeste del Área, para suministrar al núcleo de Burjassot.

          Además existe una malla alrededor de las instalaciones universitarias ya realizadas, con un diámetro de 250 mm.

          Tanto la disponibilidad de caudales como las instalaciones existentes son adecuadas para dotar de suministro al conjunto de la nueva Área dotacional.

           

        3. RED DE SANEAMIENTO.

Por el Servicio de Planificación de Recursos Hidráulicos de la C.O.P.U.T. se ha redactado el "Plan Director Intermunicipal de Saneamiento Pista de Ademuz", que contiene las soluciones globales del sistema de vertidos en la zona. Los datos que se incluyen a continuación se han obtenido en el citado Plan.

Colectores existentes.

Según los datos del Plan Director en la actualidad existe un emisario construido para le evacuación general del denominado Polígono de Ademuz hasta el azarbe de la zona norte de la ciudad de Valencia. Este emisario comienza al sudeste de la nueva Área dotacional, en el término de Burjassot, próximo al Polideportivo municipal y al facultad de Ciencias.

Aguas arriba de este emisario existen los siguientes colectores:

Estos dos colectores se unen en un único colector paralelo a la misma carretera (CV-3103) después de sobrepasar la zona correspondiente al barrio de la Coma. Este nuevo colector, unión de los anteriores, conduce el agua hasta el emisario general con un trazado paralelo a la CV-3103 hasta llegar a al Avenida del Cementerio de Burjassot, donde cambia de dirección para, a través de la mencionada avenida, llegar hasta la Facultad de Farmacia. En ese punto cambia de nuevo de dirección, pasa por delante de la facultad hasta llegar al Polideportivo Municipal de Burjassot y, pasando ente el mismo y la facultad de Farmacia, llega hasta la Avenida Vicente Andrés Estellés por la que discurre hasta conectar con el emisario general. Por tanto este colector constituye el límite nordeste de la nueva Área dotacional.

 

 

La sección de este colector es variable hacia aguas abajo. En el punto inicial la sección del colector es la de un ovoide 90/140, pasando después a ser un 120/180, a la altura del cruce entre la CV-3103 y la CV-31, sección que mantiene a lo largo de la nueva Área dotacional, para terminar con sección rectangular a partir de su paso por llamado grupo de las 613 viviendas hasta su enlace con el emisario general.

En el ámbito del presente Plan existe otro colector que se encuentra, en parte, en desuso. Este colector quedó inutilizado en parte al construir la primera fase de la urbanización del Campus universitario de Paterna (edificios de investigación de la Universidad y del IATA). Su sección es rectangular. El tramo de colector inutilizado discurre en la actualidad entre el Instituto de B.U.P. Vicente Andrés y un centro de Formación Profesional hasta llegar a la Avenida del Cementerio de Burjassot. A partir de este punto el colector, ya en servicio en la actualidad, discurre por la Avenida del Cementerio de Burjassot, hasta encontrarse en la esquina de la Facultad de Farmacia con el colector descrito anteriormente. Punto a partir del cual su trazado discurre paralelo al del otro colector hasta conectar con el emisario general.

Además se ha realizado un sistema unitario de evacuación en la zona correspondiente al Campus de Paterna de la Universidad de Valencia, en la que ya se encuentran en funcionamiento diversas edificaciones conecta con el colector paralelo a la CV-3103 a través del cual desagua en el emisario general.

Colectores previstos.

Para la urbanización del resto de los terrenos pertenecientes al futuro Campus de la Universidad existe un proyecto de urbanización "Proyecto de ejecución de urbanización exterior de Institutos de Investigación del Campus de Paterna de la Universidad de Valencia. Segunda fase", de agosto de 1.977, en el cual se ha diseñado una red de saneamiento unitaria que conecta con la red general de colectores en dos puntos, por una parte conecta con el colector paralelo a la CV-3103 y por otra parte conecta con un de los ramales de desagüe de la Televisión Valenciana.

Para resolver los problemas de la red de saneamiento el Plan Director propone la construcción de dos colectores con trazados contiguos a lo largo de la zona verde prevista en el barrio de La Coma junto a la Autovía de Ademuz y un emisario perpendicular a os anteriores.

1.-Colector de sección circular de 400mm de diámetro para aguas residuales. A partir de la carretera de Godella (CV-31), al atravesar la nueva Área dotacional este colector incrementará su sección, como continuación del colector existente, actualmente en desuso, que se ha descrito anteriormente. Este colector desemboca en el emisario existente junto a la Facultad de Ciencias. La sección de este nuevo tramo de colector deberá incrementarse a partir del Área dotacional para sustituir, a través de la Avenida del Cementerio, a un tramo del colector de residuales que procede de la zona de Valterna y poder recibir asimismo las aguas procedentes del Área dotacional.

2.- Colector de sección circular de 1.500 mm. de diámetro para aguas pluviales, que desembocará en el nuevo emisario interceptor a construir junto a la carretera de Godella . Discurre inmediato al anterior a lo largo de todo el borde del barrio de la Coma.

 

3.- Emisario que recoge parte del caudal generado para desviarlo hasta el barranco d’En Dolça. Como se ha indicado anteriormente se aprovecha la existencia de la carretera de Godella (CV-31). Dada la imposibilidad de que el caudal desviado hacia el nuevo emisario interceptor sea únicamente de aguas pluviales, se colocará en el colector paralelo a la carretera de Lliria (CV-3103) una sección de control, de tal forma que solamente permita el paso a través del mismo de un caudal equivalente a cuatro veces el caudal de aguas residuales que se vierten a ese colector, tal y como se indicó en el apartado de cálculo. El trazado del nuevo emisario interceptor empezará pues en la sección de control anteriormente mencionada y discurrirá paralelo a la carretera de Godella (CV-31) recogiendo todo el caudal de aguas pluviales que intercepte su traza.

De este modo en la nueva Área dotacional destinada a Campus de la Universitat de València e instalaciones deportivas el sistema de evacuación de aguas puede ser unitario, puesto que los puntos de vertido han de situarse por razones topográficas sobre el colector que discurre por la carretera de Lliria (CV-3103) y sobre el nuevo colector que se situará sobre el eje central de la zona, confluyendo ambos en el emisario próximo a la Facultad de Ciencias.

 

        1. RED ELÉCTRICA.

La relación de líneas eléctricas que atraviesan el sector, según los datos aportados por la compañía Iberdrola, es la siguiente :

Las necesidades de energía eléctrica, de acuerdo con el Convenio a suscribir con la compañía Iberdrola, se definirán en el Programa de Actuación Integrada, planteándose en ese momento las necesidades y la demanda de potencia, y la situación de las líneas y Centros de Transformación necesarios.

 

      1. DETERMINACIONES DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA.

El Plan se ha formulado de acuerdo a las prescripciones del Ordenamiento Urbanístico de rango superior:

Se han tenido en cuenta asimismo los contenidos del planeamiento que desarrolla o determina el marco urbanístico municipal para el presente documento:

        1. LEGISLACIÓN URBANÍSTICA: L.R.A.U. y reglamento de planeamiento.
        2. La funcionalidad, contenido y determinaciones de los Planes Especiales de Ordenación de Usos de suelo dotacional están regulados por las siguientes determinaciones de la legislación urbanística:

          Art. 24 LRAU. Planes Especiales.

          Como complemento, desarrollo o mejora del planeamiento general podrán formularse Planes Especiales cuyo objeto sea satisfacer los fines públicos taxativamente previstos en el artículo 12.E) y F). Se formalizan mediante los documentos más adecuados a su objeto específico, debiendo redactarse con igual o mayor detalle que el planeamiento que complementen o modifiquen.

          Art. 12 LRAU. Instrumentos de ordenación.

          Los actos de uso o transformación del suelo se realizarán en los términos previstos por esta Ley, los Reglamentos generales que la desarrollen, las demás disposiciones dictadas en su ejecución y, en el marco de las anteriores normas, por los siguientes Instrumentos:

          ...

          E) Planes Especiales, que -en desarrollo, complemento o, incluso, modificación del planeamiento general y parcial- cumplen cualquiera de los siguientes cometidos: crear o ampliar reservas de suelo dotacional; definir y proteger las infraestructuras o vías de comunicación, el paisaje o el medio natural; adoptar medidas para la mejor conservación de los inmuebles de interés cultural o arquitectónico; concretar el funcionamiento de las redes de infraestructuras; y vincular áreas o parcelas, urbanas o urbanizables, a la construcción o rehabilitación de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública cuando el Plan General se hubiera limitado a prever su destino residencial.

           

           

          Artículo 86. Reglamento de Planeamiento. Los Planes Especiales

          1. Podrán formularse Planes Especiales como complemento, desarrollo, mejora o incluso modificación del planeamiento general y parcial.

          2. Los Planes Especiales podrán ser de:

          ...

          C. Reserva de suelo: cuando tengan por objeto crear o ampliar reservas de suelo para dotaciones, actuaciones de interés público o patrimonios públicos de suelo.

          D. Ordenación de usos: cuando tengan por objeto la ordenación de las actuaciones a desarrollar en los ámbitos incluidos en los Planes Especiales de reserva de suelo.

          ...

          Artículo 89 Reglamento de Planeamiento. Determinaciones de los Planes Especiales de reserva de suelo y de los de ordenación de usos

          Los Planes Especiales de reserva de suelo y los de ordenación de usos contendrán las determinaciones necesarias para el desarrollo de sus fines.

           

        3. Normas de Coordinación Metropolitana.

Las Normas de Coordinación Metropolitana fueron definitivamente aprobadas por Decreto 103/1988 de 18 de Julio del Consell de la Generalitat Valenciana (D.O.G.V. nº 875 de 25 de Julio de 1988). Las Normas Urbanísticas de las Normas de Coordinación Metropolitana fueron aprobadas por Resolución de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación Territorial de 1 de Septiembre de 1993 (D.O.G.V. nº 2109 de 23 de Septiembre de 1993).

La Norma 4 establece que quedarán suspendidas las licencias y prohibidas las ordenes de ejecución que impliquen obras, usos y actividades que resulten contrarias a las N.U.N.C.M. o pudieran dificultar su aplicación.

Las Normas que inciden en la ordenación del sector son las que a continuación se enumeran:

Norma 19. Caracterización de recursos naturales.

Norma 20. Consideración del tipo de suelo.

Normas 23-24-25. Justificación de la ocupación del suelo.

Norma 88-89. Reservas viarias.

Norma 115 a 121. Prohibición de diversas actividades.

Norma 130-140. Características de los accesos.

La justificación del cumplimiento de estas normas se contiene en el apartado correspondiente de la presente Memoria.

 

      1. PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL.

La ordenación actual del suelo aparece grafiada en el correspondiente plano de Información, donde se recoge la delimitación del ámbito de ordenación establecida por el Plan Especial de Reserva de suelo dotacional vigente.

 

    1. OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO.
      1. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN.
      2. El presente documento constituye el Plan Especial de Ordenación de Usos del Suelo Dotacional del Campus de Paterna de la Universitat de València. Tiene por objeto la ordenación de las actuaciones a desarrollar en el ámbito incluido en el Plan Especial de Reserva de suelo dotacional del Área del Campus de Paterna de la Universitat de Valencia, de manera que toda el Área, con una superficie de 457.757 M2., pasa a ser ordenada de modo adecuado a su destino dotacional, manteniendo su clasificación como suelo urbano.

        El Plan de Ordenación de usos califica separadamente el suelo en función de los diferentes tipos de dotaciones, siguiendo la tipificación de usos establecida por los artículos 28 y 30 del Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana por las Normas del Plan General de Ordenación Urbana de Paterna y establece las condiciones para su desarrollo urbanístico.

        El presente Plan se formula de acuerdo con las prescripciones del art. 12 en relación con el art. 24 de la LRAU y apartado 2 D) del art. 86 del Reglamento de Planeamiento.

         

      3. JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN.

La justificación de la ordenación propuesta se basa en los siguientes criterios:

  1. La evolución de las previsiones de desarrollo de las instalaciones universitarias hace necesaria la disponibilidad de mayor superficie de suelo. Una parte importante del crecimiento se destina a Centros de Investigación, que se completarán con edificaciones docentes.
  2. Una evaluación pormenorizada de las necesidades de crecimiento de las instalaciones universitarias, realizada sobre proyectos razonablemente fiables, permite estimar en una cifra próxima a 100.000 M2s la superficie de parcela necesaria para nuevas instalaciones, lo que justifica las previsiones de pronta ocupación del suelo previsto, en un orden de magnitud semejante a las necesidades manifestadas.

    Sobre la parcela que el Plan General destinaba al uso universitario, con una superficie de 72.353 M2s, se han construido ya diversos edificios de los Institutos de Investigación de la Universidad y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que ocupan en conjunto las dos terceras partes de la superficie de la parcela inicial.

    Además se establece una reserva de suelo de uso dotacional compatible con el dominio privado, de acuerdo con la existencia de propietarios privados del suelo del sector.

  3. La evaluación de los terrenos necesarios para ser destinados a la construcción de un Centro Deportivo se desprende de la propia resolución del Gobierno Valenciano que reserva la titularidad del suelo, sin que en este momento se disponga de un Proyecto concreto.
  4. De este modo los objetivos generales de la ordenación consisten en la disponibilidad de parcelas de gran tamaño que puedan utilizarse de manera flexible, la protección respecto al tráfico externo y la limitación de los trazados viarios internos, configurando así recintos autónomos adecuados a los usos dotacionales previstos.
  5.  

     

     

  6. Los elementos del sistema viario son los siguientes:

  1. La ordenación de las instalaciones previstas, tanto en los centros universitarios como en las instalaciones deportivas, demanda un sistema flexible con un número reducido de parcelas de gran tamaño que puedan ser construidas respondiendo a diversas alternativas de ocupación, de acuerdo con la cambiante evolución de las necesidades derivadas de las instalaciones docentes y científicas y de las posibilidades de cambio de las instalaciones públicas. Por esta razón el contenido de la ordenación se centra en la definición adecuada de los límites parcelarios y en la construcción de una clara y potente estructura del espacio público.
  2. Los niveles de ocupación y edificabilidad se concretan en las parcelas en una ocupación del 50 % y un coeficiente de edificabilidad neta de 1,5 M2c/M2s. Se determinan teniendo en cuenta patrones habituales en zonas de equipamiento y corresponden a los parámetros que se obtendrían con una cierta sobreelevación de los edificios actualmente existentes en la zona, circunstancia previsible si se tiene en cuenta que una parte importante de la superficie construida corresponde a edificios de una o dos plantas de altura. En el vecino Plan General de Burjassot el equipamiento universitario tiene una ocupación máxima del 50 % y un coeficiente de ocupación neto de 2 M2c/M2s.
  3. La distribución general de los tipos de suelo en el Área determina una proporción de suelo edificable algo inferior al 60 %, correspondiendo aproximadamente el 20 % a espacios libres y el 20 % a viario, incluyendo en esta cifra las zonas verdes de funcionalidad viaria. Son proporciones semejantes a las que se establecen reglamentariamente para las zonas industriales. Lo mismo sucede con la edificabilidad bruta del Área, equivalente a 0,9 M2c/M2s. En conjunto se configura una zona con una densidad media, adecuada a su destino dotacional y a su situación en el territorio metropolitano.
  4. Con la finalidad de permitir la adjudicación de aprovechamiento a los propietarios privados se reserva una parcela de 35.000 M2, equivalente al 13 por ciento del suelo edificable del sector, situada en la esquina norte del sector, en la que se permiten usos dotacionales de carácter privado.
  5.  

     

  6. Asimismo se reserva una parcela dotacional de 12.000 M2 con la finalidad de ser cedida gratuitamente y libre de cargas al Ayuntamiento de Paterna, identificada con parcela ED-D.
  7. El desarrollo del sector se divide en tres Unidades de ejecución diferentes, atendiendo a las circunstancias urbanísticas de las parcelas, a la coherencia de la obra urbanizadora y a la previsión de los diferentes plazos temporales en que se realizará la urbanización y edificación de los terrenos. De este modo la Unidad de ejecución UE1 comprende la parcela ED-A, que ya está consolidada en la mayor parte de su superficie y los terrenos necesarios para que adquiera íntegramente la condición de solar. La Unidad de ejecución UE2 corresponde a las parcelas contiguas ED-B, ED-C y parte de la ED-D, en que se sitúa el resto de terrenos de la Universitat de València, y los terrenos dotacionales adyacentes, así como parte de la parcela de cesión al Ayuntamiento de Paterna. La Unidad UE3 incluye el resto de la parcela ED-D y la parcela RD, propiedad de la Generalitat Valenciana t cuyo uso preferente es el deportivo, cuyo desarrollo será previsiblemente posterior en el tiempo.

La distribución de cada una de las Unidades es la que se recoge en el cuadro adjunto:

 

UE1

UE1

UE2

UE2

UE3

UE3

SECTOR

SECTOR

Sup. M2s.

%

 

%

 

%

 

%

SUP. TOTAL

119.430

100

163.552

100

174.775

100

457.757

100

SUP. PARCELAS

72.353

60,58

87.464

53,48

109.220

62,49

269.037

58,77

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

espacios libres

3164

2,65

34.667

21,19

32683

18,70

70.514

15,40

verde viario

5805

4,86

5.196

3,18

11635

6,66

22.636

4,94

viario

38.108

31,91

36.225

22,15

21.237

12,15

95.570

20,88

edificabilidad

108530

131196

163830

403556

 

 

 

      1. NORMAS DE COORDINACIÓN METROPOLITANA.

Es objeto del presente apartado, la justificación del cumplimiento de las determinaciones establecidas por las Normas de Coordinación Metropolitana que afectan al contenido de este documento.

A continuación, siguiendo el articulado de las N.U.N.C.M., nos referiremos exclusivamente a aquellos aspectos de las mismas que establezcan exigencias concretas de planeamiento y que afecten al contenido de este documento.

NORMA 19: En los distintos puntos de la memoria están contenidos la identificación, delimitación y caracterización de los recursos naturales existentes y de los riesgos potenciales,.

NORMA 20: Todo el suelo del Área está considerado como Núcleo consolidado.

NORMA 21: En función de la consideración del riesgo de inundación y sus posibles prevenciones, los suelos del ámbito de actuación tiene la categoría SRI, es decir, sin riesgo de inundación.

NORMAS 23-24-25: Al estar incluido en suelo consolidado, no se establecen medidas protectoras de la ocupación urbana. La clasificación y calificación que se propone se ajustan a los criterios de las Normas de Coordinación Metropolitanas.

NORMAS 34-38: No existe riesgo de inundación de los suelos incluidos en el ámbito del Plan.

NORMAS 115-116-117-118-119-120-121: El Área dotacional constituye un centro de atracción de desplazamientos, condición que ya se daba en la ordenación del planeamiento vigente.

La existencia de transporte colectivo, así como sus previsiones de ampliación configura los terrenos como una zona de alta accesibilidad en transporte público, por lo que se cumple con las condiciones exigibles a las actividades previstas.

 

    1. CUADRO RESUMEN.

 

 

SUPERFICIE

EDIFICABILIDAD

COEF. EDIFIC.

OCUPACIÓN

ED-parcela A

72.353 M2s.

108.530 M2c.

1,5 M2C/M2S

50 %

ED-parcela B

47.064 M2s.

70.596 M2c.

1,5 M2C/M2S

50 %

ED-parcela C

35.000 M2s.

52.500 M2c.

1,5 M2C/M2S

50 %

ED-parcela D

12.000 M2s.

18.000 M2c.

1,5 M2C/M2S

50 %

RD

102.620 M2s.

153.930 M2c.

1,5 M2C/M2S

50 %

TOTAL equipamiento

269.037 M2s.

403.556 M2c.

1,5 M2C/M2S

50 %

   

PORCENTAJE

COEF. EDIFIC.

 

Equipamiento ED-RD

269.037 M2s.

58,8 %

   

Espacios libres

70.514 M2s.

15,4 %

   

Red viaria, incluso zonas verdes de funcionalidad viaria.

118.206 M2s.

25,8 %

   
         

TOTAL ÁREA

457.757 M2s.

100 %

0,88 M2C/M2S.

 

 

 

 

 

 

 

 

Valencia, 17 de mayo de 2006

 

 

 

 

 

Javier Muñoz Guillén. VETGES TU I MEDITERRANIA S.L., arquitectos.

 

  1. PLANOS DE INFORMACIÓN.
  2. 2.1. SITUACIÓN (1:5.000)

    2.2. DELIMITACIÓN Y TOPOGRAFÍA (1:2.000).

    2.3. USOS DEL SUELO (1:2.000).

    2.4. afecciones (1:2.000)

    2.5. DELIMITACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL (1:2.000).

     

  3. PLANOS DE ORDENACIÓN.
  4. 3.1. CALIFICACIÓN DEL SUELO (1:2.000)

    3.2. ALINEACIONES Y RASANTES (1:2.000)

    3.3. UNIDADES DE EJECUCIÓN. (1:2000)

     

  5. NORMAS URBANÍSTICAS.
  6.  

  7. FICHA DE PLANEAMIENTO.
  8.  

  9. FICHAs DE GESTIÓN.

 

 

 

 

 

1. MEMORIA.

2. PLANOS DE INFORMACIÓN.

2.1. Situación (1:5.000)

2.2. Delimitación y topografía (1:2.000).

2.3. Usos del suelo (1:2.000).

2.4. Afecciones (1:2.000)

2.5. Delimitación del plan especial de reserva de suelo dotacional (1:2.000).

3. PLANOS DE ORDENACIÓN.

3.1. Calificación del suelo (1:2.000)

3.2. Alineaciones y rasantes (1:2.000)

3.3. Unidades de ejecución. (1:2000)

4. NORMAS URBANÍSTICAS.

5. FICHA DE PLANEAMIENTO.

6. FICHAS DE GESTIÓN.